Esta Juez Unipersonal de la Sala de Juicio Nº XIV del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, rectificar de forma SUMARIA, el acta de nacimiento a nombre de la adolescente XXXXX, signada con el No. 640, de fecha primero (1°) de septiembre de mil novecientos noventa y tres (1993), la cual se encuentra asentada en la Jefatura Civil del Municipio Sucre de la Parroquia Mariches del Estado Miranda, y donde le colocaron a ambos padres su lugar de nacimiento, de manera incorrecta "natural de Uruguay, Republica de Uruguay" siendo lo correcto: "Montevideo, República Oriental de Uruguay"; de igual manera, colocaron de manera incorrecta "natural de Peru, Republica del Peru" siendo lo correcto "Camaná, República del Per.....