Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por Ciudadano YALEL JHOEL NASSR, extranjero, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número E-26.269.073, representado judicialmente por los profesionales del derecho ciudadanos JAVIER JOSÉ PÉREZ y JOSE RAFAEL CORREA, debidamente inscritos en el Instituto de Previsión del abogado bajo los números 242.704 y 156.544, respectivamente; en contra sentencia dictada por el Tribunal Segundo (2°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, de fecha 29 de noviembre del año 2024.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia recurrida, en la que se declara CON LUGAR la demanda intentada por la Ciudadana WICCELLYS YARITZA MEJIAS GRATEROL, venezo.....