DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Ejecución Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Revoca la medida Alternativa de Cumplimiento de Pena que disfrutaba el penado Oscar Ramón Rodríguez Peña, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.123.166, natural de Altagracia de Orituco, Estado Guárico, donde nació al 15/06/1975, de 32 años de edad, soltero, obrero, hijo de Flor Peña y Ángel Ramírez, residenciado en el Callejón López Contreras, Sector El Cementerio, Casa s/n, de esta ciudad, de conformidad con lo establecido en el artículo 511 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, se ordena su inmediato traslado a la Penitenciaría General de Venezuela, se acuerda oficiar a la Dirección del centro de Tratamiento Comunitario notificándole la presente decisión, anexándole la respectiva boleta de encarcelación a fin de que procedan a su traslado a .....