-DISPOSITIVA-
En mérito de las consideraciones precedentes este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE LUGAR, la acción intentada por el ciudadano ELIO RAFAEL CEDEÑO, Venezolano. Mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero V.-6.941.791; en contra de la empresa NORBERTO ODREBRECHT, C.A. Antes identificada en autos.
SEGUNDO: Se condena a la empresa NORBERTO ODREBRECHT, C.A. a cancelar al ciudadano ELIO RAFAEL CEDEÑO, Venezolano. Mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V.-6.941.791, las cantidades que se describen a continuación:
Vacaciones Cláusula 42 C.C......... Bs. 954,8
Utilidades...................................Bs. 934,16
Antigüedad..................................Bs. 1.038,5
Asistencia Puntual y Perfecta.........Bs. 2.285,70
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