PRIMERO: Se Declara SIN LUGAR, la apelación intentada por la parte actora Ciudadano JUAN GABRIEL LUGO, Venezolano, sin Cédula de Identidad, y se CONFIRMA el fallo emanado de la recurrida Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la Ciudad de San Juan de los Morros, de fecha 7 de Noviembre de 2.005. Se declara SIN LUGAR la acción propuesta de inserción de partida de nacimiento, y así se decide.
Publíquese, Regístrese y déjese copia autorizada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito, y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en la Ciudad de San Juan de los Morros, a los Veintidós (22) días del mes de Febrero del año Dos Mil Seis (2.006).- Años 195° de la Independencia y 147° de la Federación.-
El Juez Titular.-
Dr. Guillermo Blanco Vásquez.
La .....