Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se Decreta la Aprehensión en Flagrancia del ciudadano JOSE DE JESUS MONTOYA, Titular de la Cédula de Identidad Nº 14.040.505, plenamente identificado, de conformidad con lo establecido en el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal y lo previsto en el articulo 44 ordinal 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, el delito de USO DE FACSIMIL DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionado en el artículo 114 de la Ley Para el Desarme y Control de Armas y Municiones, en perjuicio del ciudadano JOSE DANIEL y NEYIAZCA TOVAR ( demás datos bajo reserva del Minis.....