SE DECLARÓ CON LUGAR el recurso de apelación de autos, interpuesto por la abogado SOLANGE SANCHEZ DE BRACHO, Fiscal Cuarta 4° del Ministerio Público de esta circunscripción judicial, incoado contra el auto que desestima la acusación fiscal presentada y sobresee la causa en estudio, dictado por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control, de este Circuito Judicial Penal; por lo que se ORDENA LA ANULACIÓN DEL AUTO RECURRIDO Y LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA A LA FASE INTERMEDIA POR LO QUE SE ACUERDA LA REMISIÓN DE LAS ACTUACIONES A LA OFICINA DEL ALGUACILAZGO PARA SU REDISTRIBUCIÓN A UN TRIBUNAL DISTINTO. Todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2, 3, 26, 44.1, 49.5, y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con lo previsto en los artículos 432, 433, 435, 447 y 450 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo sancionado en los artículos 405, 82 y 277 del Código Penal venezolano vigente.