SE declaró CON LUGAR la presente solicitud de AUTORIZACION PARA VENDER y posteriormente comprar presentada por los ciudadanos FRANCISCO GONZALEZ COBIAN y ODALIS JOSEFINA MARCHAN, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de la cédula de identidad N° V- 6.269.977 y V- 11.563.539, respectivamente. En consecuencia, se AUTORIZÓ a los ciudadanos FRANCISCO GONZALEZ COBIAN y ODALIS JOSEFINA MARCHAN, plenamente identificados, a vender el inmueble propiedad de sus hijos (CUYA IDENTIFICACION SE OMITE CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNA);que se encuentra determinado en la forma siguiente: un apartamento signado con el N° 40, situado en la Planta Séptima del Edificio ESTORIL PALACE, ubicado en la Calle Tercera Transversal de la Urbanización Los Palos Grandes, Municipio Chacao, Distrito Sucre del Estado Miranda. De la misma forma, se advirtió que, los solicitantes, una vez efectuada la venta por el precio de TRESCIENTOS VEINTE MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 320......