.III.
DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad expresa de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la acción de Divorcio interpuesto por la parte actora ciudadano ALEXANDER EFRAIN LEDON HURTADO, venezolano mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 8.634.515, domiciliado en la ciudad de Calabozo, Municipio Francisco de Miranda del Estado Guárico, en contra de la Ciudadana IRIA NAHOMI CARRILLO CEDEÑO, venezolana mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 14.239.122 domiciliada en Urbanización Ciudadela Nicolás Hurtado Barrio, zona, bloque C, apartamento 06-C, en la ciudad de calabozo estado Guárico, con fundamento a los criterios jurisprudenciales que resuelven los conflictos que colidan con los der.....