Por los razonamientos anteriormente expresados, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, actuando en su competencia Civil, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Declara CON LUGAR LA DEMANDA por INQUISICION DE PATERNIDAD propuesta por la ciudadana JUANNY MAJERLING JIMENEZ CARRASQUEL contra el ciudadano SEBASTIAN NAVARRA PUENTE, todos identificados anteriormente, y en consecuencia, se declara la NULIDAD DEL RECONOCIMIENTO realizado por el ciudadano SABINO ANTONIO JIMENEZ a la ciudadana JUANNY MAJERLING JIMENEZ CARRASQUEL, como hija suya, mediante Documento protocolizado ante la Oficina Subalterna del Distrito Miranda del Estado Guárico, bajo el N° 1, Protocolo 2°, Tomo Único del Primer Trimestre del año 1.986 y a partir de la presente fecha, la solicitante deberá usar el nombre JUANNY MAJERLING NAVARRO CARRASQUEL .....