DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en función de Control N° 04 de este Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en la ciudad de San Juan de los Morros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la solicitud de sustitución por una medida menos gravosa para el imputado JOSÉ TEODORO HERNANDEZ URBINA, de conformidad con los artículos 256.1, 264, 282 del Código Orgánico Procesal Penal en virtud que hasta la fecha de hoy no han variado las circunstancias que le dieron origen a la misma, en consecuencia se mantiene la Medida Cautelar Sustitutiva de Arresto Domiciliario con vigilancia por parte de la Policía Municipal del Municipio José Tadeo Monagas, estado Guárico, a cumplirse en la siguiente dirección Sector Valle del Paural, Calle Principal, Tercera Transversal, casa de rancho tipo zinc, cerca de la bodega de Antonio aproximadam.....