Es por lo que este Tribunal de Ejecución N°. 01 actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA lA LIBERTAD PLENA del Ciudadano JEAN CARLOS LIMA, venezolano, titular de la Cédula de Identidad No. 16.141.472, nacido el 11-10-1980, en El Tigre, Estado Anzoátegui, Soltero, hijo de MARIA CONSUELO LIMA y ALBERTO TORREALBA, residenciado en el Sector Oficina 01, Calle Jesús Subero, N° 18, El Tigre, Estado Anzoátegui, por cumplimiento definitivo de pena. Igualmente en lo que respecta a la pena accesoria de Sujeción a la Vigilancia por parte de la Autoridad, el Ciudadano JEAN CARLOS LIMA cumplir con la obligación de dar cuenta a los respectivos Jefes Civiles de los Municipios donde resida o por donde transite, de su salida y llegada a estos a los fines de dar cumplimiento a la mencionada pena accesoria, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 22 del Código Penal, la cual finalizará el día 15-05-2006. Cítese al penado a los fines de su .....