SE DECLARO SIN LUGAR la Inhibición interpuesta por el Juez Héctor Tulio Bolívar Hurtado, para apartarse del conocimiento de la causa JP01-P-2007-002749, de la nomenclatura particular del Tribunal Segundo de Juicio, de este Circuito Judicial y en consecuencia, se le ordena que siga conociendo de la misma. Todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 86 numeral 4° y 94 del Código Orgánico Procesal Penal y en relación con el artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.