este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial del estado Guarico, administrando Justicia en nombre de Dios, de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil; 26, 49 y 257 contenidos en la Carta Magna, declara:
Primero: CON LUGAR LA RECUSACIÓN planteada por el ciudadano Arturo Celestino Hernández, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.347.778, abogado en ejercicio, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 18.803, actuando en su propio nombre en contra del abogado Donny Reinaldo Silva Pereira, en su condición de Juez Suplente del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial del estado Guarico, con sede en Altagracia de Orituco.-