Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en Calabozo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta AUTO DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA Y CÓMPUTO DE PENA, en la causa seguida en contra de los penados ERIK DANIEL FERREIRA GONZALEZ y ROMEL BENITO LOVINIO ALESANDRINI HERRERA, de conformidad con lo establecido en los artículos 479, encabezamiento, 482 y 484, del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 500 eiusden, quienes fueron condenados a cumplir la pena de 04 años, 05 meses y 10 días de prisión, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN previsto y sancionado en el artículo 458 en concordancia con el artículo 80 segundo aparte y artículo 82, todos del Código Penal y la accesoria aplicable, determinándose que cumple definitivamente la pena principal el 26 de marzo de 2014, s.....