-III-
DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y derecho anteriormente expuestas, este Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, Sala de Juicio Novena administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la solicitud de REVISION DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, incoada por la ciudadana NEYDA ROSARIO MELENDEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 6.170.027, en representación de la niña (...), de ocho (08) años de edad, contra el ALQUIMIDES JESUS MIRANDA COLINA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 9.518.951. ASI SE DECIDE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio Novena del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, a los veinticinco (25) días del mes de septiembre del año dos mil seis (2006). Años: 196 de la Independencia y 147.....