Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera instancia en funciones de Ejecución del circuito Judicial penal del estado Guárico- Sede San Juan de Los Morros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE: SE ACUERDA LA APERTURA DEL PROCEDIMIENTO de Medida alternativa de Cumplimiento de Pena en la Modalidad de LIBERTAD CONDICIONAL de conformidad con el artículo 488 del Código Orgánico Procesal Penal, en armonía con el artículo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela al Penado JHONNY ENRIQUE ZERPA MONCADA, Venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-16.803.561, nacido en el dia 23-03-1981, de 33 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio albañil, hijo de Jhonny Zerpa y Marian Moncada, domiciliado en el barrio Divino Niño, calle Principal, casa n° 22, San Juan de Los Morros, Estado Guárico. Y ASI SE DECIDE. Ofíciese a los organismos correspondientes, notifí.....