RESUELVE:
PRIMERO: Examinada la acusación presentada por el Representante de la Vindicta Pública, conforme a las disposiciones establecidas en el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal, y llenos los extremos señalados en la mencionada norma,SE ADMITE totalmente la misma en cuanto ha lugar en derecho, y en consecuencia, se ordena abrir Juicio Oral y Público a los ciudadanos JHON IVANIE MUJICA, CARLOS ALBERTO PEREZ Y ELENA COROMOTO CAMACHO CASTRO, antes identificados, en relación a los hechos expuestos que les han sido imputados ante este Tribunal por el Ministerio Público. Y así se declara.
SEGUNDO: Vistas las pruebas ofrecidas por el Representante de la Vindicta Pública, para el Juicio Oral, se admite parcialmente, toda vez que no se admite las pruebas para ser incorporadas por su lectura, las indicadas en las letras a, b, y f, que consisten en las actas suscritas por los funcionarios policiales ya que no reunen las exigencias contenidas en el artículo .....