V
Dispositiva
La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara, sin lugar, el recurso de apelación interpuesto por los Abogados Oswaldo Ibarra y Richard Palma, ampliamente identificado en autos, defensores privados del acusado Manuel Ramón Rengifo, contra la sentencia definitiva dictada por el Juzgado Segundo de Juicio Mixto de este Circuito, extensión Calabozo, de fecha 11 de enero de 2010, en la causa Nº JP11-P-2007-002669, de su catálogo de expedientes, donde fue condenado el referido acusado a la pena de dieciocho (18) años y seis (6) meses de prisión, por su responsabilidad en el delito de violación, cometido en agravio de la adolescente (identidad reservada), previsto y sancionado en los artículos 374 y 99 del Código Penal, por lo que por vía de consecuencia se confirma la sentencia recurrida. Se funda la decisión en los artículos 432, 433, 436,.....