Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Ejecución No. 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de La Pascua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 52 y 53 del Código Penal, ACUERDA conmutarle el resto de la pena que le falta por cumplir en CONFINAMIENTO al ciudadano ROBINSON ANTONIO ZAMORA PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad Nº 14.345.159, , natural de Valle de la Pascua, Estado Guárico, nacido en fecha 09-10-1979, soltero, obrero, residenciado en Barrio La Romana, Calle Orinoco, N° 45, Valle de la Pascua, Estado Guárico,