Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA TITULO SUFICIENTE a favor de LOS CIUDADANOS VICTOR MANUEL APONTE y JOAN NATHALY ROSE DELGADO, Venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, Titulares de la Cedula de Identidad Nº V-13.820.462 y V-13.954.302, respectivamente, sobre la bienhechuria construida en un lote de terreno Municipal, constante de un área de terreno de CIENTO NOVENTA Y TRES METROS CON CINCUENTA CENTIMETROS (193,50 mts2), ubicado en la carrera 1, entre calles 8 y 10, casa Nº 9-17, de esta ciudad de Calabozo, Municipio Miranda del Estado Guarico, alinderado de la siguiente manera: NORTE: José Camacho en 16,55 Mts SUR: Maria Ceballos en 16,00 Mts, ESTE: Jacinto Villareal 11,90 Mts .....