este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, actuando en su competencia civil, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Con Lugar, la acción de Divorcio 185-A y en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos RITA MARIAIDA DEL CORRAL MUJICA Y OTTO GUILLERMO GONZÁLEZ AMADO.