SE ORDENA REFORZAR LA MEDIDA DE PROTECCIÓN ACORDADA A LOS CIUDADANOS HUMBERTO MEJIAS y MARTIN MENDOZA , titulares de las cédulas de identida N° 8.802.848 y 8.783.100, quienes residen en la Urbanización Rómulo Gallegos de esta ciudad, específicamente en el en el Sector 02, calle 04, casa N° 02 y Sector 03, vereda 29, casa N° 05 , de Esta Ciudad, respectivamente, hasta por un lapso de Noventa (90) Días continuos, prorrogables a solicitud del Fiscal del Ministerio Público, siempre y cuando se justifique la misma, relacionadas con Medidas de Custodia y Apostamiento Policial, debiendo definir entre el Ministerio Público, la Comandancia General de la Policía del Estado Guarico, la Policía del Municipio Juan German Roscio y los ciudadanos HUMBERTO MEJIAS y MARTIN MENDOZA, las condiciones hasta donde se extienda la medida de protección, mediante la coordinación y comunicación continua entre los ciudadano antes mencionados y los también referido Cuerpos de Seguridad del estad.....