PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la QUERELLA INTERDICTAL RESTITUTORIA intentada por la ciudadana CARMEN MIREYA GARCIA, ya identificada, contra los ciudadanos NICOLAS VIERA GOMEZ Y JUANA TOVAR, también identificados, por el despojo un lote de terreno constante de CINCO HECTAREAS CON SESENTA AREAS (5, Has. 60 áreas), ubicado en el Asentamiento Campesino "GAVUZATEROS", Municipio Juan Germán Roscio del Estado Guárico, alinderado de la siguiente manera: NORTE: Terrenos ocupados por Ledezma; SUR: Quebrada El Castrero; ESTE: Terrenos ocupados por José Acevedo y OESTE: Vía de penetraciónd.-