DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia Penal, en funciones de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por expresa autoridad de la Ley, NIEGA la solicitud de autorización de trabajo fuera del establecimiento carcelario como formula de cumplimiento de pena, al penado CRISTOBAL ANTONIO LAYA, venezolano, natural de San Juan de los Morros, Estado Guárico, soltero, obrero, nacido el 23/05/1984, de 20 años de edad y titular de la cédula de identidad Nº 18.066.125, con residencia en el Barrio San Carlos, casa s/n de San Juan de los Morros, Estado Guárico.-
Publíquese, regístrese, déjese copia. Notifíquese a las partes que corresponda. Líbrese oficio al Director del Centro Penitenciario donde se encuentra recluido el reo, anexándo.....