DISPOSITIVO.
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara como suficientes las diligencias realizadas para decretar Justificativo para Perpetua Memoria de las mejoras y bienhechurias existentes ya descritas, en el lote de terreno denominado "Fundo La Manzera.", ubicado en jurisdicción La Atahona, Parroquia Guardatinajas, Municipio Francisco de Miranda del estado Guárico, constante de una superficie de cincuenta y cinco hectárea con ocho mil trescientos cuarenta y dos metros cuadrados (55 has con 8.342 m2), alinderado de la siguiente manera: Norte: vía la Atahona; Sur: vías las ventanas, Este: terreno ocupado por el fundo Maniral y Oeste: terreno ocupado por el fundo Romisnazth, a favor del ciudadano José Manuel Gouveia Andrade, venezolano, mayor de edad, titular .....