DISPOSITIVA
Este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley Declara:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR, la demanda de ACCIONES DERIVADAS DE CONTRATOS AGRARIOS, interpuesta por el BANCO MERCANTIL, BANCO UNIVERSAL, representado Judicialmente por los ciudadanos abogados EDGAR DARIO NUÑEZ ALCANTARA, RAYDA GIRALDA RIERA LIZARDO, JORGE CARLOS RODRIGUEZ BAYONE Y EDGAR DARIO NUÑEZ, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en la ciudad de Valencia, Estado Carabobo, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 3.372.200, V-9.829.134, V-7.532.782, V-14.464.297, respectivamente e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 14.006, 48.867, 27.316 y 110.921, equitativamente contra los ciudadanos LEONARDO EUTIMIO VELASQUEZ REQUENA Y MARISOL FERNANDEZ DE VELASQUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas.....