Pronunciamientos:
PRIMERO: Se admite totalmente la acusación fiscal y sus medios probatorios, de conformidad con lo establecido en el artículo 330 numerales 2. y 9. del Código Orgánico Procesal Penal, por la comisión de los delitos de: LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos PABLO OMAR CORREA ÁNGEL y ANDRÉS ESTEBAN SCOTT PEÑA y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el articulo 218 eiusdem, en perjuicio del Estado venezolano. SEGUNDO: Se decreta, la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, seguido al acusado JORGE MIGUEL RIVERO ZAMORA, por el lapso de UN (1) AÑO de régimen probacionario, cuyas condiciones a cumplir, fueron especificadas en la parte motiva de este fallo, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 330 numeral 8., 42, 43 y 44 numeral 2. y parágrafos primero y tercero del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se declara parcialmente con lugar, la sol.....