Se registró y publicó el texto integro del Auto Separado dictado en el presente asunto en el que se decretó: 1- Se declara con lugar la aprehensión en Flagrancia del adolescente imputado.2- Se impone al adolescente IMPUTADO la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad contenida en el Literal literal ¿b¿ del Artículo 582 lopna siendo el mismo entregado a su Representante Legal. 3- Se Ordena la practica de un Examen Unico Psiquiátrico y Psicológico. 4- Se le concede la libertad al referido Adolescente, desde la sala de audiencia. 5- Se Ordena la remisión de las presentes actuaciones a la Fiscalía XIII del Ministerio Público. Todo de conformidad con el artículo 458 del Código Penal, en concordancia con los artículos 540, 557, 582 literal ¿b¿ de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en relación con los dispositivos 248 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal.