DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expresados, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, actuando en su competencia CIVIL, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la demanda por ACCIÓN MERODECLARATIVA DE CONCUBINATO propuesta por el ciudadano PABLO ENRIQUE HERNÁNDEZ LOZADA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nro. 8.626.357, debidamente asistido por el abogado RÓMULO ANTONIO HERRERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nro. 11.796.044 e inscrito en el inpreabogado bajo el nro. 86.299 y de este domicilio, contra la ciudadana ZAIDA MASSIEL RIVERO ZARATE venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 8.633.091 de este domicilio, y en consecuencia, DECLARA que existió una comunidad concubinaria entre el ciudadano PABLO ENRIQUE HERNÁNDEZ LOZADA y.....