Se dicto sentencia definitiva mediante la cual este juzgado declara CON LUGAR la solicitud de divorcio interpuesta.
En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos SONIA MIREYA CAMACHO LIZARAZO y JOHAN ALEXANDER GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la cédula de identidad números V-11.300.855 y V-11.042.121, respectivamente, el 2 de junio de 1994, asentado bajo el acta Nº 149, en los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados por la entonces Prefectura del Distrito Guaicaipuro, Estado Miranda
A los fines previstos en los artículos 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil y 506 del Código Civil, se ordena librar oficios al Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Bolivariano de Guaicaipuro, Estado Miranda, al Registro Principal Civil del Estado Miranda; así como a la Oficina Regional (Estado Miranda) de Registro Civil del Consejo Nacional Electoral (CNE), anexo a copia certificada de la presente decis.....