Por lo que se reitera, que a través de una Inspección Judicial, el Juez solo puede dejar constancia de lo que pueda percibir a través de los sentidos, y lo pretendido por el solicitante, entre otras cosas, es que se deje constancia de las personas que ocupan el inmueble, de los trabajadores que habitan en el inmueble o de cualesquiera otras personas que lo habitan, lo cual es imposible a través de una inspección judicial, toda vez, que el Juez solo puede dejar constancia de las personas que se encuentran en un inmueble al momento de practicarse una inspección, más no se pueden hacer apreciaciones en cuando a que ocupan el inmueble o no, dicha apreciación debe hacerla, en todo caso, un Juez, al momento de dictar sentencia, y después de que a través de varios medios probatorios se le demuestre este hecho, por otra parte, se solicita al Juez deje constancia, a quien pertenecen los bienes, mercancía, materiales o equipos que se encuentren en interior del inmueble, considerando .....