En consecuencia, por las razones de hecho y de Derecho anteriormente expuestas este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Transito, Trabajo y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara PROCEDENTE la presente recusación por encuadrarse la conducta del Juzgador en el ordinal 18 artículo 82 del Código de Procedimiento Civil. Por ende se declara CON LUGAR la recusación interpuesta por el ciudadano BENITO GUTIERREZ FERRER, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.713.202, domiciliado en la población de Altagracia de Orituco, Estado Guárico (Parte demandada en el juicio de SERVIDUMBRE incoado en su contra por YPERGAS, S.A.), contra el Juez Titular de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la ciudad de San Juan de los Morros, Dr. IVAN GONZALEZ ESPI.....