NEGÓ LA SOLICITUD DE LA DEFENSA DE AUTORIZAR EL TRABAJO Y EXTENDER LAS PRESENTACIONES impuestas como parte del cumplimiento del CONFINAMIENTO otorgado al ciudadano CRISTIAN EDUARDO MENDOZA, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad V.-17434971, QUIEN DEBERÁ SEGUIR PRESENTÁNDOSE POR LO MENOS UNA VEZ POR SEMANA por ante el Registro Civil del Municipio Libertador, Parroquia Caracas, Distrito Capital, debiendo recordar que el incumplimiento de las obligaciones impuestas con ocasión del confinamiento otorgado, da lugar a su revocatoria. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 479.1 del código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 20 del Código Penal.-