Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano QUINTIN MELECIO BETANCOURT MENDOZA, quien era venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cedula de Identidad Nº 4.344.801, fallecida el 23 de Junio de 2015, a sus hijas ciudadanas INGRY KARINA RAMONA BETANCOURT PRADO y LILIANA BETANCOURT ROJAS, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nrs V-13.238.952 y V-21.278.802 respectivamente, quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros, conforme a lo señalado en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil.