Vista la diligencia suscrita por el ciudadano OSCAR EFRAIN PINTO REQUENA, titular de la cédula de identidad N° V-4.396.899, debidamente asistido por el Abogado ALEJANDRO RODRIGUEZ ROJAS, Inpreabogado Nº 58.990, este Tribunal pasa a proveer lo respectivo en atención a las siguientes consideraciones:
PRIMERO: mediante la misma, el ut supra identificado ciudadano solicita nueva oportunidad para la realización de la presente Inspección Judicial, y que para ello el Tribunal habilite el tiempo necesario, jurando la urgencia del caso.
SEGUNDO: Observa este Tribunal que se trata de una Inspección Judicial Extra litem; es decir, de naturaleza jurídica de jurisdicción voluntaria.
TERCERO: el único aparte del artículo 26 constitucional que preceptúa la Tutela Judicial Efectiva, establece determinadas garantías por parte del Estado en el alcance de la misma, en los siguientes términos: "El Estado garantizará una justicia gratuita, accesible, imparcial, idónea, transparente, autónoma, indepen.....