Por las razones antes expuestas, el JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO, y del TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, Administrando Justicia, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la acción Mero – Declarativa de concubinato interpuesta por la parte Actora Ciudadana ERIKA ANAIS PORRAS RONDÓN, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-20.954.892, con domicilio procesal en el Local 2, Edificio Simón Bolívar, Calle Retumbo Sur, Nº 36-1, entre Calle Las Flores y Calle Bolívar, de la ciudad de Valle de la Pascua del Estado Guárico, intentada contra del accionado, Ciudadano CARLOS GIOVANNI SEIJAS, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº 10.978, domiciliado en la Calle Real (Salida hacia Tucupido), Galpón 149 S/N, Sector la Esperanza (Al lado de la sede del Colegio de Ingenieros) de la Ciudad de Valle de la Pascua de.....