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En consecuencia, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara lo siguiente:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora, por lo que se CONFIRMA en su totalidad la Sentencia dictada por el Juzgado Primero de los Municipios Leonardo Infante, Las Mercedes del Llano y Chaguaramas de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, de fecha 13 de Enero del 2003, y así se decide.
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR la presente demanda de COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACION, seguida por el ciudadano HERMENEGILDO CASTRO, titular de la cédula de identidad Nº 2.387.307, contra los ciudadanos JOSE PABLO BOLIVAR y CORALIA RAMIREZ MACHADO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 8.795.479 y 6.115.876, en sus carácter de librado aceptante y avalista, y así se dec.....