DISPOSITIVO.
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara como suficientes las diligencias realizadas para decretar Justificativo para Perpetua Memoria de las mejoras y bienhechurias existentes, en el lote de terreno, denominado "Fundo El Tigre", ubicado en el sector Vilchez, Parroquia Parapara, Municipio Juan Germàn Roscio Nieves del estado Guárico, constante de una de superficie de cuatrocientos catorce mil ochocientos dieciséis metros cuadrados (414.816,00 Mts2), alinderado de la siguiente manera: Norte: río Vilchez. Sur: vía el rodeo. Este: quebrada El Tigre. Oeste: río Vilchez, a favor del ciudadano Damazo Eulogio Castillo Moreno, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.299.675, dejándose a salvo los derechos de terceros, todo de c.....