DISPOSITIVA
Es por los razonamientos anteriormente expuestos, que éste tribunal de Primera Instancia de Control No. 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de la Pascua, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECIDE: PRIMERO Declarar LA PRESCRIPCION de la acción penal y por tanto el SOBRESEIMIENTO de la presente causa a favor del ciudadano: CESAR EMILIO PEREZ, venezolano, mayor de edad, soltero, obrero, natural de Arichuna, edo Apure, titular de la cedula de identidad N° 10. 615.275, residenciado detrás del modulo vicario II, d ela ciudad de Calabozo, Edo Guarico, hijo de Rosa Maria Pérez y Benito Oropeza, donde aparece como victima TEODORO ANTONIO RUIZ, titular de la cedula de identidad N° 764.967, por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 455 ordinal 4° del Código Penal, conforme al dispositivo previsto en el Articulo 318 Ordinal 3º, en concordancia con.....