Por todos los razonamientos precedentemente expuestos, éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Calabozo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA POR PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL, seguida a los Ciudadanos GAUDY SOLEIME MARTINEZ ROMERO, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, natural de esta Ciudad de Calabozo, de profesión u oficio del hogar, de estado civil soltera, residenciada en la Urbanización Villa Crepuscular, Sector 2, manzana D, N° 18-60, de Barquisimeto Estado Lara, titular de la Cédula de Identidad N° 12.477.646; GLADYS RENE MARTINEZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera, de profesión u oficio del hogar, natural de esta Ciudad de Calabozo, residenciada en el Barrio Las Dinamitas, Callejón San José, Casa sin número de esta Ciudad, titular de la Cédula de Identidad N° 4.719.....