Este Juzgado Primero de Ejecución procede de acuerdo al 482 del Código Orgánico Procesal Penal a la corrección por error involuntario del computo de fecha 10-08-2.009 en los siguiente términos: Practicada como ha sido la REDENCIÓN JUDICIAL DE PENA, a favor del penado, LUIS FELIPE ALEJO ALVARADO titular de la cédula de identidad N°V-17.788.318, actualmente recluido en el Internado Judicial Los Pinos con Sede en San Juan de Los Morro. El penado LUIS FELIPE ALEJO ALVARADO titular de la cédula de identidad N°V-17.788.318, fue condenado a cumplirla pena quién es venezolano, nacido en fecha 25-07-1986, natural de la Victoria, mayor de edad, soltero, profesión u ocupación taxista, hijo de Ana Mercedes Alvarado (v) y José Gregorio Alejo (v), residenciado en el Barrio Los Colorados, calle Nro. 8, casa 1-5 en Villa de Cura Estado, Aragua, a cumplir la Pena de CUATRO (04) AÑOS y CUATRO (04) MESES DE PRISIÓN, quien ha permanecido detenido desde el 12- 06- 2.008, hasta el día de hoy 13- 0.....