PRIMERO: ACUERDA LA GRACIA DE CONMUTACIÓN DEL RESTO DE PENA QUE FALTA POR CUMPLIR EN CONFINAMIENTO al penado Alirio Filogonio Fuentes Rodríguez, venezolano, natural de Güiria, Estado Sucre, en fecha 20-12-71, obrero, de 32 años de edad, y titular de la cédula de identidad V-10.672.121, la cual culminará en fecha 20 de Diciembre del 2005 a las 12:00 del medio dia, y que cumplirá en la siguiente dirección: Calle Principal, casa s/n, del Sector Valle Verde, Guiria, Municipio Valdez, Estado Sucre, todo de conformidad con lo previsto en los artículos 20, 53 y 56 del Código Penal y artículos 511 y ordinal 1º del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Ordena la libertad del ciudadano desde su centro de reclusión. TERCERO: Acuerda las copias solicitadas por la Defensa y el Ministerio Público en la audiencia oral de esta misma fecha