Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: declara IMPROCEDENTE la solicitud de apertura del procedimiento para el posible otorgamiento del BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA PENA, la cual le corresponde en fecha 9 de Diciembre de 2018, al penado CARLOS LUIS ZERPA GARCIA; Venezolano, Natural de Altagracia de Orituco, Estado Guárico, Titular de la cédula de identidad Nº V-13.439.433, nacido en fecha 16-04-1979, de 37 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Técnico Superior en Administración, Hijo de Tania García y de Carlos Zerpa, residenciado en Calle Vuelva Cara, casa Nº 13-1, Sector Simón Bolívar, Altagracia de Orituco, Estado Guárico, quien fue condenado a cumplir la pena.....