DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio N° 02, actuando como Tribunal Unipersonal, del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Calabozo, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley: DECLARA con Lugar la Excepción Opuesta por la Defensa, y por consiguiente la Prescripción de la Acción Penal, Decreta la Extinción de la misma, y El Sobreseimiento de la causa seguida al ciudadano FELIX MANUEL CASTRILLO LOPEZ, venezolano, natural de Calabozo, de 42 años de edad, casado, de profesión Técnico Superior Universitario en Administración de Empresas, actualmente desempleado, titular de la Cédula de Identidad N° V- 8.623.573, hijo de Arturo Castrillo e Inés Esperanza de Castrillo, residenciado en Misión de los Angeles calle 10, carrera 07, casa N ° 21-25, de esta ciudad de Calabozo, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES CULPOSAS GRAVISIMAS, previsto y .....