Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado en uso de las facultades conferidas mediante Resolución número 2009-0006, de fecha, 18 de Marzo de 2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 368.338, de fecha, 02 de Abril de 2009, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de Divorcio formulada por los ciudadanos ISIS ALBA DIAZ DE DIAZ y JUAN FRANCISCO DIAZ MEDINA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números: V-18.407.327 y V-12.636.594 respectivamente, domiciliados en esta ciudad de Zaraza, Municipio Pedro Zaraza del estado Guárico y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que los unía por ante la Parroquia del Municipio Pedro Zaraza del Estado Guárico, asistidos de la Abogada CARMIÑA JOSEFINA VELAZQUEZ ARENAS, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogad.....