Se observa que el penado fue detenido por primera vez el 17-11-2007, estando privado hasta el día de hoy, 16-02-2011, por un tiempo de, TRES (03) AÑOS, DOS (02) MESES y VEINTINUEVE (29) DIAS, mas el tiempo de la primera redención, de UN (01) AÑO (11) MESES Y OCHO (08) DIAS lo que da un total de detención de CINCO (05) AÑO, DOS (02) MESES Y SIETE (07) DIAS; faltándole por cumplir de la pena impuesta UN (01) AÑO Y VENTITRES (23) DIAS, pena que cumplirá el día, 09 de Marzo del 2012, oportunidad en que se le otorgará su libertad Corporal. Remítase Copia Certificada de la Sentencia y del presente auto a la División de Antecedentes Penales del Ministerio del Interior y Justicia, al Director de la Penitenciaria General de Venezuela, San Juan de Los Morros, estado Guárico. Notifíquese al ciudadano Fiscal del Ministerio Público en fase de Ejecución, al Defensor y al penado. Cúmplase.