Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, decide: SE OTORGA el BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO al penado JOSE GREGORIO PEREZ, Venezolano, natural de Calabozo, estado Guárico, titular de la cédula de identidad N° V-16.640.369, nacido en fecha 18-09-1982, de 34 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio chofer, hijo de Jose Rodríguez y Rosa Pérez, residenciado en el sector campo de Carabobo, calle principal, el sunsun, Barrera Norte, casa sin número, punto de referencia antes de la piscina la Rosa, Parroquia independencia, Municipio Libertador, estado Carabobo, Actualmente recluido en el Internado Judicial de Carabobo " Tocuyito", el cual deberá cumplir en el Centro de Residencia Supervisada "General Ezequiel Zamora", ubicada en av. Brito Figueroa, vía Universidad Naciona.....