DISPOSITIVA
La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por el abogado OSWALDO TAHAN, en su carácter de Defensor Público Penal, del acusado RAMÓN ANTONIO ARACA SOLÓRZANO, contra decisión dictada en fecha 03 de Agosto de 2010 y publicada íntegramente en fecha 10 de noviembre de 2010, por el Tribunal Unipersonal Segundo de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Estado Guarico, extensión Calabozo, mediante la cual condenó al ciudadano antes identificado a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias de ley a que se contrae el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de ROBO GENÉRICO, previsto y sancionado en el artículo 455 ejusdem, en perjuicio de las ciudadanas SAMARYS JOSEFINA TOVAR ORTA y SAMARYS CAROLINA TOVAR ORTA, por lo que SE CONFIRMA el referido fallo. .....