que el obligado alimentario depositará mensualmente en una cuenta de ahorros que esta sede judicial ordena abrir, de conformidad con las normas de auditoria interna del Tribunal Supremo de Justicia por concepto de obligación alimentaria; en agosto y en diciembre de cada año la obligación alimentaria será por el doble, queda obligado igualmente, el ciudadano Luis Coronil, a cubrir otros gasto excepcional, referido al bienestar de los niños beneficiarios, que la madre no pudiere cubrir ella sola.- Cúmplase, líbrense los oficios correspondientes.---------------------------------------------------------------------------------------------
No hay condenatoria en costas por la naturaleza del presente fallo.
Dado, firmado y sellado en la Sala de este Despacho, a los veinte días del mes de noviembre de 2006, a las diez y quince (10:15) a.m., minutos de la mañana. Diaríece. Publíquese. Déjese copia para el Copiador de Sentencias.
El Juez,
Abg. Jesús Moreno Galindez.-
El Secreta.....